Beneficios Fiscales para inversores y cómo acceder a ellos
Desde el Gobierno se fomenta la inversión productiva en el país invitando a que, el dinero invertido en emprendimientos, va a tenerse en cuenta al momento de determinar el impuesto a las ganancias.
Actualmente, se puede deducir de ganancias el 75% de las inversiones en emprendimientos, siempre que el monto no supere el 10% de la ganancia anual neta. De superarlo, al excedente es posible deducirlo en los próximos cinco ejercicios fiscales. El beneficio es retroactivo y comprende inversiones realizadas desde Julio de 2016. Al mismo tiempo, Si invertís en emprendimientos radicados en Chaco, Corrientes, Formosa, Misiones, Catamarca, La Rioja, Santiago del Estero, Tucumán, Jujuy o Salta, el monto deducible es del 85%.
¿Cómo tiene que ser la inversión?
Tu inversión tiene que mantenerse durante un mínimo de dos años, estar destinada a aumentar el capital de un emprendimiento y ser de activos financieros que sean liquidables en plazos de hasta 24 horas y en moneda local.
¿Quién puede hacerlo?
Pueden realizarlo las personas humanas que invierten directamente en emprendimientos (inversores directos) y las personas humanas o jurídicas y los fondos o fideicomisos que invierten en emprendimientos a través de una Institución de Capital Emprendedor (inversores indirectos).
¿Qué son las instituciones de Capital Emprendedor?
Son personas jurídicas, fondos o fideicomisos constituidos en el país, que tienen como único objetivo aportar recursos propios o de terceros a un conjunto de emprendimientos. En este caso, las instituciones son las encargadas de inscribir a sus inversores en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (RICE) y de solicitar el beneficio.
Fuente: Gobierno de la nación
Para más información escribinos a info@pyme-plus.com.ar